La Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo órdenes de aprehensión contra tres trabajadores del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec por su probable responsabilidad en el descarrilamiento del Tren Interoceánico ocurrido el 28 de diciembre pasado en el tramo Chivela–Nizanda, en Oaxaca. El accidente dejó un saldo de 14 personas fallecidas y más de 100 personas lesionadas, conforme a la resolución emitida por una jueza federal con sede en Chiapas.
Las personas imputadas son Emilio Erasmo Canteros Méndez, Felipe de Jesús Díaz Gómez y Ricardo Mendoza Cerón, quienes enfrentarán cargos por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas. La jueza determinó que existen elementos suficientes para atribuir responsabilidades diferenciadas, de acuerdo con las funciones que cada uno desempeñaba al momento del siniestro.
En el caso de Emilio Erasmo Canteros Méndez, quien se desempeñaba como maquinista, la resolución lo identifica como el principal responsable operativo del accidente. De acuerdo con la orden de aprehensión, el tren era conducido a una velocidad de 65 kilómetros por hora, a pesar de que el límite máximo permitido en ese tramo ferroviario era de 50 kilómetros por hora. Esta acción, según el fallo judicial, generó una fuerza centrífuga que provocó el descarrilamiento en una curva pronunciada del trayecto.
Respecto a Felipe de Jesús Díaz Gómez, conductor del tren, la acusación se centra en una omisión considerada grave por la autoridad. La investigación sostiene que, pese a tener conocimiento del exceso de velocidad y del riesgo que implicaba para los más de 200 pasajeros que viajaban a bordo, no accionó la válvula del freno de emergencia. Esta inacción, establece la resolución, contribuyó de manera directa a que el tren no pudiera detenerse antes del siniestro.
El tercer imputado es Ricardo Mendoza Cerón, quien fungía como jefe de despachadores. Aunque no formaba parte de la tripulación que viajaba en los vagones, la jueza consideró que su falta de supervisión e intervención influyó en el desarrollo del accidente, al no adoptar medidas oportunas para frenar la marcha del tren.
La resolución judicial también señala que tanto el maquinista como el conductor no contaban con licencia federal ferroviaria vigente al momento del descarrilamiento. Ambos permisos se encontraban vencidos, lo que refuerza la presunción de negligencia y falta de aptitud legal para operar la unidad ferroviaria.
Las órdenes de captura se sustentan en más de 50 datos de prueba, entre ellos peritajes técnicos, análisis de las cajas negras de las locomotoras, necropsias, entrevistas con víctimas y testigos, dictámenes médicos y reportes de mantenimiento. Con base en estos elementos, la jueza concluyó que la infraestructura ferroviaria y la vía se encontraban en condiciones operativas, descartando, por ahora, fallas estructurales y responsabilidades penales directas para la empresa o mandos superiores.