Nuevo tope a actividad tensa relación con aerolíneas en AICM

Nuevo tope a actividad tensa relación con aerolíneas en AICM

Se cumplió lo dicho. La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) público este jueves que, a partir de la tarde del próximo 28 de octubre, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) debe realizar un máximo de 43 operaciones (despegues y aterrizajes) por hora, debido a que persiste la saturación en el campo aéreo y está rebasado en la capacidad de los edificios terminales de pasajeros.

El argumento de la autoridad es generar mayores condiciones de seguridad en operaciones en beneficio de todos los actores involucrados.

La medida, se informó en la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), es temporal y se mantendrá hasta en tanto prevalezcan las condiciones mencionadas.

A pesar de la inconformidad de las aerolíneas, no hubo sorpresas. El pasado primero de agosto, el director del aeropuerto, Vicealmirante Piloto Aviador Retirado, Carlos Velázquez Tiscareño, les informó en sesión del Comité de operación y horarios que la reducción de operaciones de un año antes, de 61 a 52, no logró disminuir la saturación porque se incorporaron aviones de mayor capacidad, lo que no sólo no redujo el número de pasajeros, sino que aumentó de 46.2 a 52 millones de pasajeros la estimación para el cierre del año.

Ese día se adelantó a los representantes de líneas aéreas que se tomarían acciones tendientes a mitigarla (saturación), toda vez que no se cuenta con el espacio, ni los recursos para mantener operaciones seguras.

De acuerdo con un actor involucrado en el tema, las empresas deben reconocer que con todo y conocer en el día a día la complicada situación de la infraestructura no ofrecieron alternativas para tener el menor impacto posible por un nuevo recorte operacional.

Como blindaje legal, en el considerando décimo segundo de la resolución se explica que la AFAC, con base en las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, y considerando que el servicio público de transporte aéreo es público, debe salvaguardar la seguridad de la prestación de dicho servicio.

En consecuencia, es aplicable la tesis jurisprudencial del Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Primera Sala, Tomo XXXVII, página 1279: Servicios públicos. Cuando el acto reclamado consiste en una disposición encaminada a dar mayor eficacia a un servicio público, no procede conceder la suspensión.

Tras la publicación en el DOF del recorte operacional, en el AICM se realizó ayer una nueva reunión del Comité de operaciones y horario para informar a las empresas la decisión. De acuerdo con un participante, en la autoridad existe la consciencia de que la temporada invernal es de alta demanda.

“Hay sensibilidad en los funcionarios por el eventual impacto a los pasajeros por cancelaciones de vuelos ya vendidos y su impacto en la economía del país. Aunque se dejó en claro que hay instrucción de la AFAC de realizar un máximo de operaciones, ésta podría implementarse con cierta gradualidad para no generar daños mayores. Veremos lo que ocurre en las siguientes semanas. Por lo pronto, desde ya los involucrados trabajan en la revisión de sus planeaciones”, comentó.

La resolución, con fecha del 28 de agosto del 2023, está firmada por el Gral. Div. P.A. D.E.M.A. Ret. Miguel Enrique Vallin Osuna, titular de la AFAC, y dirigida al director del AICM, porque él solicitó 17 días antes la nueva determinación de saturación de los edificios terminales, para lo cual presentó el Estudio de capacidad de niveles de servicios de edificios terminales, el cual contiene los niveles que se prestaron los servicios de junio 2022 a mayo 2023.

El documento fue elaborado por Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM) y tras su análisis, se concluyó el número máximo de operaciones óptimas que pueden ser atendidas por hora en el AICM, tomando en consideración la configuración del aeródromo, infraestructura, tiempos de ocupación de pista durante el despegue y aterrizaje para los diferentes tipos de aeronaves, intervalos de separación entre las aeronaves, restricciones en las calles de rodaje, así como la composición de la flota de las líneas aéreas. (Información de El Economista)