Por primera vez en la apertura de un periodo ordinario de sesiones, el pleno del Senado fue notificado del número inédito de ocho requerimientos judiciales, seis de los cuales son de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), referentes a las acciones de inconstitucionalidad concedidas por el pleno, y dos son ordenamientos de juzgados administrativos de la Ciudad de México.
Sin embargo, en el listado no está ninguno de los requerimientos judiciales que se han enviado al Senado relacionados con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), propiciados por la negativa de Morena a proceder al nombramiento de los comisionados, y que implican el descuento de la dieta de los senadores.
El pleno del Senado fue notificado que la SCJN concedió la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de la Ley Nacional de Registro de Detenciones.
En los dos siguientes periodos ordinarios de sesiones, contados a partir de la fecha de notificación de estos puntos resolutivos, legisle para establecer en la Ley Nacional del Registro de Detenciones la regulación del personal que será responsable de atender los hechos que pongan en riesgo o vulneren la base de datos, las facultades que tendrá el personal para atenderán las amenazas o vulneraciones a la información.
(Regulará) las medidas que deberán desplegarse frente a los supuestos de riesgo y vulneración de la base de datos que, como previsiones mínimas, dicha ley debe contener, con fundamento en el artículo transitorio cuarto, fracción IV, numeral 7, del decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019, en los términos precisados en el apartado VII de este fallo”, dice la resolución de la Corte.
También recibió la notificación oficial de la resolución de la Corte sobre la inconstitucionalidad de la Ley General de Comunicación Social; del llamado plan B, en los dos paquetes de reformas en que fue dividido, por lo que su aplicación es nula.
De igual forma, la invalidez de la Ley de Contratación de Publicidad y disposiciones que fueron impugnadas desde 2021, referentes al uso de datos personales sensibles en materia de pago del IVA, contenidas en el Código Fiscal Federal, entre otras.
Los senadores deberán hacer los cambios necesarios al marco jurídico nacional para que se ajusten a los criterios de constitucionalidad. (Información de Excelsior)