La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado una porción del Código Fiscal de la Federación (CFF) que permitía al Servicio de Administración Tributaria (SAT) divulgar información personal sin consentimiento y sin una justificación legal adecuada.
La decisión de la SCJN se basa en la Acción de Inconstitucionalidad 308/2020 y su acumulada 3/2021, interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El artículo afectado es el 17-F, párrafo tercero, del CFF, específicamente la parte relacionada con la verificación de identidad de los usuarios. La SCJN consideró que esta disposición vulneraba el principio de finalidad lícita en el tratamiento de datos personales, según establecen los artículos 17 y 18 de la Ley General de Protección de Datos Personales.
La invalidación entra en efecto el 31 de mayo de 2023. Como resultado, el SAT ya no podrá proporcionar servicios de verificación de identidad de usuarios de forma desvinculada de la firma electrónica avanzada.
El fallo de la SCJN subraya la importancia de proteger los datos personales como expresión de la autodeterminación informativa de cada individuo. Destaca que la protección de datos personales, especialmente los biométricos, es esencial para salvaguardar el derecho a la privacidad de las personas, especialmente en entornos de tratamiento automatizado de datos.