El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama, anunció la reciente reforma al artículo tercero de la Constitución local, publicada en la Gaceta Oficial. Esta enmienda busca armonizar el principio de propiedad con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ampliando la protección a las propiedades privada, pública y social. Batres destacó que este cambio tiene como finalidad proteger el interés público y los valores promovidos por la Cuarta Transformación, tanto a nivel federal como en la Ciudad de México.
En redes sociales, algunos usuarios han expresado su preocupación, argumentando que esta reforma permite al Gobierno expropiar propiedades de manera indiscriminada. Sin embargo, es importante aclarar los alcances de esta medida. La reforma, aprobada el 22 de agosto por el Congreso capitalino, busca alinear los principios rectores de la Ciudad de México en materia de propiedad con el artículo 27 constitucional, evitando así que los intereses económicos privados prevalezcan sobre los colectivos.
La redacción anterior del artículo tercero se enfocaba únicamente en la protección de la propiedad privada, lo que podría haber dado lugar a interpretaciones en detrimento del interés público por parte del Poder Judicial. Con esta reforma, se elimina esa posibilidad, asegurando que el desarrollo urbano de la ciudad esté en sintonía con los principios de justicia social.
Pablo Gómez Álvarez, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, fue uno de los primeros en señalar la necesidad de actualizar la Constitución local para reflejar el legado de la Revolución Mexicana, particularmente en lo que respecta al poder soberano de la nación sobre la propiedad de tierras y aguas. Esta actualización refuerza el derecho de la Nación a imponer condiciones sobre la propiedad privada en beneficio del interés público.
Martha Ávila Ventura, presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México, subrayó la importancia de esta reforma para la elaboración del Programa General de Ordenamiento Territorial, que garantizará un desarrollo integral de la ciudad en los próximos años y brindará certeza jurídica a los ciudadanos en el uso del suelo.
En cuanto a las expropiaciones, la reforma reafirma que este mecanismo jurídico-administrativo sigue siendo una herramienta del Gobierno de la Ciudad de México, respaldada por la Ley de Expropiaciones y la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México. El proceso de expropiación comienza con un dictamen de un Notario Público y, si procede, se inicia formalmente ante la autoridad competente. Este procedimiento se aplica cuando no se puede acreditar la propiedad o posesión legítima de un inmueble y siempre incluye la debida indemnización al propietario.
La intervención del Gobierno en casos de expropiación está justificada cuando se trata de salvaguardar el interés público o comunitario, asegurando que el valor catastral de los bienes esté actualizado para una indemnización justa.